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GOBIERNO DE ESPAÑA
Ministerio de Sanidad y Consumo

 

 

LUGAR/DÍA/HORA:     Ministerio de Sanidad y Consumo

                                         Paseo del Prado, 18*29

                                         Madrid 27/09/2000 11:00 h

 

ENTREVISTA CON:     Ilmo. Sr. Don Julio Sánchez Fierro

                                         Subsecretario del Ministerio de Sanidad

                                         Dr. Rafael Peñalver

 

POR LA FAT/CTC:        María José Hernández (Presidenta de la FAT)

                                         Joana López Roldán (Presidenta del CTC)

                                         Olalla Cruz Fernández (Secretaria del CTC)

                                         Natalia Parés Vives (Tesorera del CTC)

                                                             (Vicepresidenta de FAT)

                                         Yliana Sánchez Pérez (Directora de BSTc)

                                                              (Secretaria de AISIOS)

 

RESUMEN:                    Presentar los documentos y Proyectos más relevantes de la FAT y del CTC en materia sanitaria y abordar con el Ministerio de Sanidad los aspectos relacionados con proceso transexualizador, con la finalidad de generar una dinámica de cambio que sirva para regular la actual situación.

 

CONTENIDOS DE LA REUNIÓN:

 

Tras presentar a los miembros del CTC y de la FAT, asistentes a la reunión, se exponen los hechos que, desde el CTC y la FAT creemos, atentan contra los derechos de la persona y el libre desarrollo de la personalidad, recogidos en los artículos 10 y 14 de nuestra Constitución, así como del derecho a la protección de la salud del artículo 43 de la misma.

 

1.    Transexualidad en la Sanidad. Creemos firmemente que el derecho a la salud es un derecho fundamental reconocido por nuestra Constitución y la transexualidad forma parte de ese derecho.

 

       La transexualidad no es un fenómeno nuevo en nuestra sociedad y debiera ser una prestación que se acogiese en nuestro Sistema Sanitario, de hecho ya se venía prestando y el Real Decreto 63/95 pretendía excluir algunas partes de su tratamiento. Dicho Decreto no suprime el tratamiento de la transexualidad en sí, sino sólo la cirugía de cambio de sexo atendiendo a una caracterización de dicha cirugía como tratamiento estético.

 

       Sin embargo, la transexualidad y su tratamiento no están considerados ni por la OMS, ni por el Parlamento Europeo, ni por la ciencia médica, ni por los principales manuales de diagnóstico como un tratamiento estético sino como tratamiento de una enfermedad patológica. Así pues, la Cirugía de Reasignación Sexual (CRS), mal llamada de cambio de sexo, no sería un tratamiento estético sinó una parte de dicho tratamiento transexualizador.

 

       Además, el gasto sanitario público no se disminuye sinó que se ve incrementado, ya que lo que se ahorra en este tratamiento se lo gasta en las consecuencias por no abordar dicho tratamiento: depresiones, bajas laborales, tratamientos quirúrgicos mal realizados, etc.

 

       La falta de regulación sanitaria de la transexualidad provoca una situación de abusos médicos, multitud de casos de desatención y la automedicación incontrolada de personas transexuales mal informadas. Y es que la responsabilidad directa de estos tratamientos mal aplicados y sus consecuencias es de Sanidad que ha de responder de los profesionales que tiene.

 

       Por ello, se expone la necesidad que el Ministerio de Sanidad no sólo tenga la voluntad de incluir en sus prestaciones el proceso transexualizador sino que, además, debería de centrar los recursos humanos y materiales para aumentar la eficacia de la atención recibida. Así pues, inicialmente, se pretendería que el Ministerio de Sanidad se involucrase indirectamente en estos procesos, para que cuando el Gobierno apruebe esta prestación, el Ministerio ya disponga de un bagaje a la hora de abordar estos tratamientos.

 

       Son necesarios, también, planes de formación sobre transexualidad dirigidos a los profesionales de la Sanidad Pública con la intención de cubrir el vacío que se ha generado en las diferentes universidades de medicina.

 

       En este sentido se informa que, actualmente, se ha constituido una asociación que sin ánimo de lucro realiza este trabajo, aglutinando para ello psiquiatras, psicólogos, endocrinólogos, cirujanos, sexólogos y otras asociaciones relacionadas en este ámbito; se informa que esta asociación se llama AISIOS.

 

       Finalmente dado que, según el Real Decreto 63/95 del Ministerio de Sanidad, estas intervenciones quedan excluidas de financiación con cargo a la Sanidad Pública, una medida interesante sería que la Sanidad concediese un crédito al propio usuario aportando una garantía mínima (nómina).

 

       Pedimos. Que el Ministerio de Sanidad asuma los costes del proceso transexualizador; que, en la targeta sanitaria, se permita adoptar al usuario el nombre y sexo acorde a su identidad; que se forme a los profesionales; que se cree las Unidades Especializadas de Identidad de Género (UEIG); que se exija a los Rectores de las Universidades de Medicina los programas de estudios necesarios de esta disciplina médica; que Sanidad controle a los profesionales que, actualmente, siguen estas prácticas quirúrgicas; que Sanidad disponga los recursos humanos y materiales para realizar estas intervenciones en centros hospitalarios públicos; propiciar un encuentro entre el Ministerio de Sanidad y los profesionales y asociaciones relacionadas en este ámbito: CTC, FAT, AISIOS, etc. También creemos importante que, como medida transitoria, el Ministerio de Sanidad conceda créditos para las operaciones de CRS de los usuarios que así lo soliciten.

 

2.    Protocolo médico. El objetivo principal de este Protocolo es definir un marco técnico y legal dentro del cual, el Sistema Sanitario pueda abordar con resolución y eficacia el tratamiento de la transexualidad. Se explica que, evidentemente, el proceso transexualizador lo conocen los médicos especializados en este campo, pero que el Protocolo está diseñado por el CTC como principal conocedor de estos procesos, en base a otros protocolos europeos y especialistas de la HBIGDA.

 

       Pedimos. Que el Ministerio de Sanidad asuma este Protocolo, como modelo del proceso transexualizador, para garantizar a los usuarios del Sistema Nacional de Salud el tratamiento correcto.

 

Entregada copia del presente informe al Ministerio de Sanidad y Consumo, junto con dos ejemplares con registro de entrada de este Ministerio para uso del CTC.

Firman los miembros de la FAT y del CTC asistentes a la reunión.

 

Madrid, 27 de septiembre del 2000