|
Català - castellano - english |
|
GOBIERNO DE ESPAÑA LUGAR/DÍA/HORA: Ministerio de Sanidad y Consumo Paseo
del Prado, 18*29 Madrid
27/09/2000 11:00 h ENTREVISTA CON: Ilmo. Sr. Don Julio Sánchez Fierro Subsecretario
del Ministerio de Sanidad Dr.
Rafael Peñalver POR LA FAT/CTC: María José Hernández (Presidenta de la FAT) Joana
López Roldán (Presidenta del CTC) Olalla
Cruz Fernández (Secretaria del CTC) Natalia
Parés Vives (Tesorera del CTC) (Vicepresidenta de FAT) Yliana
Sánchez Pérez (Directora de BSTc) (Secretaria de AISIOS) RESUMEN: Presentar los documentos y
Proyectos más relevantes de la FAT y del CTC en materia sanitaria y abordar con
el Ministerio de Sanidad los aspectos relacionados con proceso
transexualizador, con la finalidad de generar una dinámica de cambio que sirva
para regular la actual situación. CONTENIDOS DE LA REUNIÓN: Tras presentar a los miembros del CTC y de la
FAT, asistentes a la reunión, se exponen los hechos que, desde el CTC y la FAT
creemos, atentan contra los derechos de la persona y el libre desarrollo de la
personalidad, recogidos en los artículos 10 y 14 de nuestra Constitución, así
como del derecho a la protección de la salud del artículo 43 de la misma. 1. Transexualidad en la Sanidad. Creemos
firmemente que el derecho a la salud es un derecho fundamental reconocido por
nuestra Constitución y la transexualidad forma parte de ese derecho. La transexualidad no es un fenómeno nuevo
en nuestra sociedad y debiera ser una prestación que se acogiese en nuestro
Sistema Sanitario, de hecho ya se venía prestando y el Real Decreto 63/95
pretendía excluir algunas partes de su tratamiento. Dicho Decreto no suprime el
tratamiento de la transexualidad en sí, sino sólo la cirugía de cambio de sexo
atendiendo a una caracterización de dicha cirugía como tratamiento estético. Sin embargo, la transexualidad y su
tratamiento no están considerados ni por la OMS, ni por el Parlamento Europeo,
ni por la ciencia médica, ni por los principales manuales de diagnóstico como
un tratamiento estético sino como tratamiento de una enfermedad patológica. Así
pues, la Cirugía de Reasignación Sexual (CRS), mal llamada de cambio de sexo,
no sería un tratamiento estético sinó una parte de dicho tratamiento
transexualizador. Además, el gasto sanitario público no se
disminuye sinó que se ve incrementado, ya que lo que se ahorra en este
tratamiento se lo gasta en las consecuencias por no abordar dicho tratamiento:
depresiones, bajas laborales, tratamientos quirúrgicos mal realizados, etc. La falta de regulación sanitaria de la
transexualidad provoca una situación de abusos médicos, multitud de casos de
desatención y la automedicación incontrolada de personas transexuales mal
informadas. Y es que la responsabilidad directa de estos tratamientos mal
aplicados y sus consecuencias es de Sanidad que ha de responder de los
profesionales que tiene. Por ello, se expone la necesidad que el
Ministerio de Sanidad no sólo tenga la voluntad de incluir en sus prestaciones
el proceso transexualizador sino que, además, debería de centrar los recursos
humanos y materiales para aumentar la eficacia de la atención recibida. Así
pues, inicialmente, se pretendería que el Ministerio de Sanidad se involucrase
indirectamente en estos procesos, para que cuando el Gobierno apruebe esta
prestación, el Ministerio ya disponga de un bagaje a la hora de abordar estos
tratamientos. Son necesarios, también, planes de
formación sobre transexualidad dirigidos a los profesionales de la Sanidad
Pública con la intención de cubrir el vacío que se ha generado en las
diferentes universidades de medicina. En este sentido se informa que,
actualmente, se ha constituido una asociación que sin ánimo de lucro realiza
este trabajo, aglutinando para ello psiquiatras, psicólogos, endocrinólogos,
cirujanos, sexólogos y otras asociaciones relacionadas en este ámbito; se
informa que esta asociación se llama AISIOS. Finalmente dado que, según el Real
Decreto 63/95 del Ministerio de Sanidad, estas intervenciones quedan excluidas
de financiación con cargo a la Sanidad Pública, una medida interesante sería
que la Sanidad concediese un crédito al propio usuario aportando una garantía
mínima (nómina). Pedimos. Que el Ministerio de
Sanidad asuma los costes del proceso transexualizador; que, en la targeta
sanitaria, se permita adoptar al usuario el nombre y sexo acorde a su
identidad; que se forme a los profesionales; que se cree las Unidades
Especializadas de Identidad de Género (UEIG); que se exija a los Rectores de
las Universidades de Medicina los programas de estudios necesarios de esta
disciplina médica; que Sanidad controle a los profesionales que, actualmente,
siguen estas prácticas quirúrgicas; que Sanidad disponga los recursos humanos y
materiales para realizar estas intervenciones en centros hospitalarios
públicos; propiciar un encuentro entre el Ministerio de Sanidad y los
profesionales y asociaciones relacionadas en este ámbito: CTC, FAT, AISIOS,
etc. También creemos importante que, como medida transitoria, el Ministerio de Sanidad
conceda créditos para las operaciones de CRS de los usuarios que así lo
soliciten. 2. Protocolo médico. El
objetivo principal de este Protocolo es definir un marco técnico y legal dentro
del cual, el Sistema Sanitario pueda abordar con resolución y eficacia el
tratamiento de la transexualidad. Se explica que, evidentemente, el proceso
transexualizador lo conocen los médicos especializados en este campo, pero que
el Protocolo está diseñado por el CTC como principal conocedor de estos
procesos, en base a otros protocolos europeos y especialistas de la HBIGDA. Pedimos. Que el Ministerio de
Sanidad asuma este Protocolo, como modelo del proceso transexualizador, para
garantizar a los usuarios del Sistema Nacional de Salud el tratamiento
correcto. Entregada copia del presente informe al
Ministerio de Sanidad y Consumo, junto con dos ejemplares con registro de
entrada de este Ministerio para uso del CTC. Firman los miembros de la FAT y del CTC
asistentes a la reunión. Madrid, 27 de septiembre del 2000 |