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GOBIERNO DE ESPAÑA
Secretaria del Estado
Asesora de Justicia

 

 

LUGAR/DÍA/HORA:     Senado de España

                                         Plaza de la Marina Española, s/n

                                         Madrid 28/09/2000 13:00 h

 

ENTREVISTA CON:    Ilma. Sra. Doña Montserrat Gil Guillaumet

                                         Asesora del Secretario de Estado de Justicia

 

POR LA FAT/CTC:      María José Hernández (Presidenta de la FAT)

                                         Joana López Roldán (Presidenta del CTC)

                                         Olalla Cruz Fernández (Secretaria del CTC)

                                         Natalia Parés Vives (Tesorera del CTC)

                                                             (Vicepresidenta de FAT)

                                         Yliana Sánchez Pérez (Directora de BSTc)

                                                              (Secretaria de AISIOS)

 

RESUMEN:                   Presentar los Proyectos más relevantes de la FAT del CTC y abordar con el Ministerio de Justicia los aspectos relacionas en materia legal sobre una posible Ley de Identidad de Género que recoja los derechos de las personas transexuales.

 

CONTENIDOS DE LA REUNIÓN:

 

Tras presentar a los miembros del CTC y de la FAT, asistentes a la reunión, se exponen los hechos que, desde el CTC creemos, necesarios para regular la actual situación.

 

Se expone que, existiendo las Recomendaciones 1117/1989 del Consejo de Europa y de la Comisión de Peticiones Parlamento Europeo de 19 de julio de 1989 instando a los Estados Miembros de la Unión a que sus legislaciones reconozcan la realidad de la transexualidad y luchen contra la discriminación aportando respuestas que respeten los derechos fundamentales de estas personas, nos parecía increíble que después de once años la situación no haya cambiado.

 

Consideramos que el Gobierno debe involucrarse, ya que la mayor parte de la discriminación que recibe una persona transexual se debe, precisamente, a la inexistencia de una Ley que regule, y es este vacío legal el que obliga al transexual a operarse, quiera o no, para obtener una sentencia judicial favorable de cambio de sexo.

 

El Proyecto de Ley presentado por el CTC pretende "modernizar la Justicia, en poner la Justicia a la altura del proceso de modernización que vive España, conseguir una Justicia independiente, rápida y eficaz".

 

Con este Proyecto, se pretende regular una circunstancia ya regulada en otros países de la Unión Europea con legislaturas de más de veinte años que no obstante comienzan a quedar obsoletas.

 

Al margen, de los aspectos generales que se exponen se tratan otros puntos más específicos.

 

1.    Identidad de la persona en el DNI. Se explica cual es la situación actual que vive un transexual en el Estado Español y que si quiere ver reconocida su identidad, su nombre y su sexo, ha de seguir un camino muy largo y costoso donde sólo después de varios años de haberse sometido a una cirugía genital podrá aspirar a disfrutar.

 

       Creemos, además, que la imposibilidad que la persona transexual pueda cambiar su nombre, por uno acorde a su sexo sentido, es un hecho que actúa contra la discriminación en general y, específicamente, en el ámbito laboral.

 

       Son innumerables las situaciones que por este hecho ponen en evidencia la transexualidad del individuo, divulgando datos confidenciales sobre las patologías clínicas o enfermedades que a tenido un sujeto, y que representa un atentado contra esa confidencialidad. Datos que última instancia se deberían salvaguardar y formar parte de la intimidad de los individuos.

 

       Además, el nombre de la persona es el factor más vital y decisivo en la personalidad y en la identidad de la vida cotidiana del individuo para un correcto desarrollo social. Así, bajo la situación actual, el transexual vive constantemente desmentido en su vida cotidiana por la situación de indocumentación de su persona, que favorece su marginación o incluso es la causa principal de su exclusión social; en este sentido creemos, firmemente, que el Estado, vía su legislación, se presenta como el factor más visible que origina esa exclusión dificultando ese desarrollo personal, cuando es un derecho recogido por nuestra Constitución.

 

       Creemos que la conducta que tiene el Estado, sin dar solución a la presente situación, es tomada como conducta social por la población utilizándose como argumento represivo y discriminador.

 

       Pedimos. Que el Ministerio de Justicia publique un Real Decreto con el que se permita adoptar el verdadero nombre en el Documento Nacional de Identidad, acorde con la verdadera identidad de la persona, bien sea porque se ha concedido formalmente o porque se permita mantener una doble equivalencia entre el nombre legal y el nombre real en los archivos del Registro Civil (nombre de uso, alias, diminutivos, motes).

 

2.    Tema del sexo en DNI. Creemos firmemente que es la propia persona la que, con su aspecto y conducta, determine su verdadera identidad sexual y no lo que ponga un papel.

 

       Además, en una sociedad de igualdad de derechos entre sexos no tiene ningún objeto mantener ese dato irrelevante e innecesario ya que carece de utilidad práctica, como no sea para fines discriminatorios y represivos aunque sea para personas transexuales.

 

       Pedimos. Que este Ministerio de Justicia, de quien es competencia que se incluya o suprima algún dato de carácter registral en el DNI, permita la supresión de la identidad del sexo ("V" o "M") en ese documento, expido por el Ministerio del Interior, y que se manifiesta como elemento intimidador y factor discriminante en el ejercicio de las libertades dimanadas del género de las personas.

 

3.    Situación laboral. Se explica la fuerte presión que nuestro colectivo recibe al querer incorporarse al mundo laboral: despidos, etc... ello conduce a que muchos y muchas transexuales, para eludir un despido al descubrirse su situación transexual, pidan trabajar sin alta en la Seguridad Social burlando así la Justicia por la inexistencia de una Ley reguladora.

 

       Creemos que el Gobierno debiera tomar las iniciativas oportunas para solucionar esa situación, además de aportar los medios y recursos para facilitar el acceso al mundo laboral de los colectivos que, como el nuestro, está en situaciones especialmente desfavorables.

 

       En este sentido se expone que nuestra asociación a establecido contacto con la "Conselleria de Treball" de la Generalitat de Catalunya para determinar estas iniciativas y con la que nuestra asociación trabajará de forma conjunta.

 

       Pedimos. Que el Ministerio de Trabajo establezca un convenio con el CTC y la FAT en la que se pueda dinamizar las medidas para garantizar la inserción laboral. Estas medidas podrían ir desde: una campaña de sensibilización, en la que el Ministerio inculque al empresario que la transexualidad no debe ser un factor decisivo para determinar la capacidad laboral del individuo; otra medida a propuesta sería que el empresario tuviera algún beneficio fiscal por el hecho de tener esta persona en su plantilla laboral, beneficio que podría aparecer con el diagnóstico clínico de transexualidad aunque con fecha límite sin ser éste de carácter vitalicio; el Ministerio de Trabajo podría actuar como intermediario entre el trabajador y el empresario para evitar, justamente, la discriminación laboral; etc.

 

4.    Justicia gratuita. Partimos de la injusticia que supone para un transexual tener que plantear una demanda contra el Estado para ver reconocidos su derechos, cuando tendría que estar reconocido de entrada; en este sentido, se explica que en Inglaterra, por ejemplo, antes de ingresar en una clínica de género, se han de tener los documentos legales de cambio de sexo, justo al contrario que aquí.

 

       Entendemos, también, que no es justo que el coste de este proceso, responsabilidad exclusiva del Estado por la negligencia en sus deberes como gobernantes, recaiga plenamente en los transexuales que son las víctimas.

 

       Pedimos. La inclusión automática de todos los procesos de demandas por cambio de sexo, si así se solicita, en los capítulos de justicia gratuita, sin ninguna otra formalidad administrativa.

 

5.    Proceso judicial, atención a los detenidos y situación penitenciaria del transexual. Creemos que el Gobierno está de acuerdo con el principio general que CIU defendió en su día en el Congreso de los Diputados en el sentido que los transexuales sin cambio de sexo legal reconocido han de ser ingresados, en la medida de lo posible, en los centros de reclusión que corresponden a su sexo sentido.

 

       Por otro lado, y por la información de la que disponemos en algunos casos, nos da que pensar que la transexualidad se considera como un agravante, como una provocación por parte del detenido, sin que éste reciba ningún beneficio penitenciario y que a menudo se castiga al transexual sin tener en cuenta la grave situación social que sufre: en cambio, la demanda de un trato justo del transexual es un derecho inalienable.

 

       Se explica que nuestra asociación a establecido un primer contacto con la Dirección General de Prisiones en Catalunya para abordar todos estos temas.

 

       Pedimos. Una confirmación oficial de la postura del Gobierno sobre el tema de los transexuales y su reclusión en prisiones. Información de la situación pasada y presente de los transexuales en las prisiones del Estado. Exponemos al Gobierno que considere la situación social que vive la comunidad transexual y le ofrecemos nuestro servicio, como organización, para apoyar a estos detenidos y supervisar sus derechos; en este sentido, se expone que el Gobierno debiera proporcionar los medios materiales y la colaboración para prestar este importante servicio. El Ministerio de Justicia debería indemnizar a todas aquellas personas que, por motivos de su transexualidad, hayan sido detenidas por la ley de peligrosidad social.

 

6.    Derechos Civiles y apoyo a las asociaciones como el CTC. El trabajo del CTC y de la FAT es difícil de llevar a término porque como Colectivo sufrimos una situación de fuerte discriminación y exclusión social. Se explica el grave comparativo que viene sufriendo el CTC desde su fundación y registro en el año 1992-1993, sin recibir nunca ninguna ayuda de la administración pública (local, autonómica o estatal) y que sitúa a estas administraciones, justamente, como un sujeto más en la discriminación de los transexuales.

 

       Pedimos. Subvenciones para los proyectos del CTC y la FAT.

 

Entregada copia del presente informe al Ministerio de Justicia, junto con una copia con registro de entrada de este Ministerio para uso del CTC.

 

Firman los miembros de la FAT y del CTC asistentes a la reunión.

 

 

Madrid, 28 de septiembre del 2000